Kim Kataguiri: Presidente, nosotros orientamos "sí" y, en el mismo sentido del Diputado Gilson, también queríamos dejar el voto del partido Missão en los dos requerimientos de urgencia que fueron votados anteriormente. Gracias.
Kim Kataguiri: Señor Presidente, el art. 74 de la Ley de Contrataciones ya trata el caso de inexigibilidad cuando solo hay un único proveedor, cuando solo hay un único agente capaz de suministrar ese producto, prestar ese servicio, caso que, hoy, ya es realidad de Hemobrás.
Entonces, en mi evaluación, extender —y creo que incluso hay un problema de técnica legislativa, habrá discordancia a la hora de discutir la jurisprudencia de esta nueva redacción del STJ (Superior Tribunal de Justicia)—, me parece problemático incluir una nueva previsión de instituciones públicas exclusivamente para el sistema de salud, exclusivamente para un nuevo producto, cuando hoy ya no es exigible cuando existe una única empresa.
Kim Kataguiri: Podríamos estar impidiendo la contratación, por medio de una licitación, de un producto mejor, mejor para el paciente, más barato para el Sistema Único de Salud y que dé más calidad de vida al usuario final. Entonces, la orientación es "no", Presidente.
Kim Kataguiri: Presidente, la orientación es "sí". Quiero decir que estudié Procesamiento de Datos en el Colegio Técnico de Limeira de la Unicamp.
